Laboral

Despidos en 2026:
indemnización, Fondo de Cese Laboral y la Reforma Laboral

22 Abr 2026 10 min de lectura Estudio Lamota
Cálculo de indemnización por despido y Fondo de Cese Laboral en Argentina 2026

Despedir a un empleado en Argentina nunca fue trivial, y la Reforma Laboral 2024 (la llamada Ley Bases) sumó variables nuevas a una ecuación ya compleja. La buena noticia es que las reglas básicas siguen siendo claras: si se respetan los pasos y se calcula bien, se puede despedir sin terminar en un juicio laboral. La mala es que un error chico en el cálculo o en el procedimiento puede multiplicar por dos o por tres el costo final.

La fórmula clásica del Art. 245 LCT

La indemnización por despido sin causa, que es el caso más frecuente, se calcula según el Art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. La fórmula es simple en su enunciado: un mes de la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año, por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses.

Hay un piso mínimo: aunque el empleado tenga menos de un año de antigüedad, la indemnización no puede ser menor a una remuneración mensual completa (siempre que tenga al menos 3 meses de servicio). Y hay un tope: la base de cálculo no puede superar 3 veces el promedio de las remuneraciones del convenio aplicable, según el "tope Vizzoti" que estableció la Corte.

Esa "mejor remuneración mensual normal y habitual" incluye: el salario básico, los adicionales que el empleado cobra todos los meses, los aumentos vigentes, y las horas extras o adicionales que sean habituales. Lo que no se incluye son los pagos extraordinarios, los reintegros de gastos y los conceptos no remunerativos.

El error más común: tomar como base el salario "limpio" cuando el empleado cobraba habitualmente horas extras, adicionales por presentismo o premios. Si esos conceptos son habituales, integran la base. Ignorarlos es la causa número uno de juicios ganados por el empleado.

Qué cambió con la Reforma Laboral 2024 (Ley Bases)

La Ley Bases introdujo varios cambios al régimen laboral, algunos con impacto directo en los despidos:

Importante: los cambios no se aplican retroactivamente. Un empleado contratado bajo el régimen anterior conserva los derechos vigentes en ese momento; solo los nuevos contratos están plenamente sujetos a la reforma.

El Fondo de Cese Laboral: cómo funciona y cuándo se aplica

Es una de las novedades más importantes de la Ley Bases. Funciona de manera similar al sistema de la industria de la construcción: el empleador aporta mensualmente un porcentaje del salario a una cuenta individual del trabajador, y esa cuenta se entrega al trabajador cuando termina la relación laboral, sin importar la causa.

Ventajas potenciales para el empleador:

Desventajas:

Cuándo conviene el Fondo: en sectores con alta rotación de personal y nóminas grandes. Cuándo no: en empresas chicas con plantilla estable y empleados de larga antigüedad, donde la indemnización clásica es un evento poco frecuente.

Rubros que se pagan junto con la indemnización

La indemnización del Art. 245 nunca va sola. Cuando se despide a un empleado sin causa, hay que pagar además:

Sumando todo, la liquidación final de un despido sin causa puede ser entre 1.5 y 2.5 veces la indemnización pura del Art. 245, dependiendo de la antigüedad y el momento del año.

Preaviso, integración del mes y SAC: lo que se suma

Estos tres rubros suelen ser fuente de errores y juicios. Vale la pena entenderlos bien:

El preaviso es la notificación anticipada de que se va a despedir. Puede ser efectivo (el empleado sigue trabajando los días del preaviso y cobra normalmente) o sustituido por dinero (se paga el equivalente sin que el empleado trabaje). La ley permite cualquiera de los dos modos, pero no se pueden combinar arbitrariamente. Si se elige preaviso efectivo y a mitad del plazo se cambia a despido inmediato, hay que pagar el preaviso restante.

La integración del mes de despido es uno de los rubros más olvidados. Si despedís al empleado el 15 del mes, le tenés que pagar los días 16 a 30 (o 31) que no va a trabajar. Esto es así por imperio del Art. 233 LCT y no admite excepciones.

El SAC proporcional se calcula sobre la mejor remuneración del semestre en curso. Es uno de los rubros más fáciles de calcular mal, especialmente cuando el empleado tuvo aumentos o adicionales variables durante el semestre.

Doble indemnización: ¿está vigente en 2026?

La doble indemnización (incremento del 50% al 100% sobre la indemnización clásica) fue una figura de emergencia económica que rigió en distintos períodos de la historia laboral argentina. Su vigencia depende de decretos del Poder Ejecutivo que la activan o desactivan según el contexto.

Para confirmar si está vigente al momento del despido, hay que verificar: la normativa de emergencia laboral nacional, los decretos específicos del Poder Ejecutivo en curso, y los convenios colectivos sectoriales que pueden tener indemnizaciones agravadas independientes.

Antes de cualquier despido: verificá la vigencia de la doble indemnización y los decretos aplicables. Un error en esto puede duplicar el costo del despido.

Cómo NO despedir: errores que cuestan caros

Los errores que más vemos en despidos mal hechos:

Caso práctico con números

Para que se vea concreto, un caso típico:

Empleado con 7 años de antigüedad, mejor remuneración mensual normal y habitual de $1.500.000 (incluyendo adicional habitual), despedido sin causa el 15 del mes:

Total estimado: $15.237.500. Es decir, cerca de 1.5 veces la indemnización "pura" del Art. 245. Y eso sin contar eventuales multas, doble indemnización si estuviera vigente, ni el costo del juicio si el empleado decide reclamar diferencias.

Preguntas frecuentes

No. El Fondo conviene en sectores con alta rotación de personal o nóminas grandes. Para una PyME con planta estable y empleados de larga antigüedad, el sistema clásico de indemnización puede ser más conveniente porque solo se paga cuando hay despido, y la mayoría de las relaciones terminan en renuncia o jubilación. Hay que analizarlo caso por caso.
Se llama despido indirecto. El empleado intima al empleador por una causa que considera injuria (por ejemplo, falta de pago de salarios) y, si el empleador no resuelve, se considera despedido por culpa del empleador. Las indemnizaciones son las mismas que en un despido sin causa, y a veces se agregan multas si la causa invocada se prueba.
La liquidación final debe pagarse dentro de los plazos habituales de pago de haberes: 4 días hábiles del mes siguiente para personal mensualizado, 3 días para jornaleros. El incumplimiento genera intereses y la posibilidad de que el empleado intime y eventualmente reclame multas adicionales.
La indemnización del Art. 245 está exenta hasta el monto del tope legal. Lo que excede ese tope (si el empleador paga más por acuerdo) está gravado. Otros rubros (vacaciones no gozadas, SAC proporcional, integración del mes) sí están gravados como salario común. El empleador tiene que retener Ganancias 4ª categoría sobre los rubros gravados al momento del pago.
Durante el período de prueba (3 a 6 meses según la modalidad y el convenio), cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo sin pagar indemnización por despido. Pero igual hay que pagar: preaviso de 15 días (o su sustitución en dinero), SAC proporcional, vacaciones proporcionales y los días del mes trabajados. No es "gratis", solo es más barato.