El Impuesto a las Ganancias de 4ª Categoría grava los sueldos de empleados en relación de dependencia que superen el mínimo no imponible vigente. El empleador actúa como agente de retención y descuenta el impuesto mensualmente del sueldo. Si tenés empleados que superan los mínimos y necesitás gestionar correctamente la retención, aquí explicamos cómo trabajamos.

¿Qué es Ganancias 4ª Categoría y a quiénes alcanza?

La 4ª Categoría grava las rentas del trabajo personal en relación de dependencia: sueldos, salarios, jornales, gratificaciones, participaciones en ganancias, haberes jubilatorios y otras remuneraciones del trabajo dependiente.

El empleador está obligado a actuar como agente de retención: calcula mensualmente el impuesto que corresponde a cada empleado, lo descuenta del sueldo y lo ingresa a través del SICORE. Al cierre del año o en caso de desvinculación, liquida el impuesto definitivo.

Las actualizaciones del MNI, la Remuneración No Imponible (RNI) y los cambios normativos frecuentes convirtieron a Ganancias 4ª Categoría en una de las liquidaciones laborales más complejas del sistema impositivo argentino.

Responsabilidad solidaria: Si el empleador no retiene correctamente, ARCA puede reclamarle el impuesto no retenido más intereses y multas, incluso si el empleado ya pagó.

¿Qué incluye el servicio de liquidación de Ganancias 4ª Categoría?

Gestionamos integralmente la retención del impuesto a las Ganancias de tus empleados:

  • Cálculo mensual de la retención de cada empleado (Formulario SiRADIG / F.1357)
  • Actualización automática ante cambios en MNI, RNI y deducciones especiales
  • Procesamiento de deducciones informadas por el empleado: cargas de familia, intereses hipotecarios, cuotas médico-asistenciales, alquiler
  • Liquidación del impuesto definitivo anual o ante renuncias y despidos
  • Presentación de retenciones en SICORE
  • Entrega de formularios con instrucciones de confección
  • Asesoramiento al empleado sobre cómo optimizar sus deducciones lícitamente
Cálculo y retención mensual de Ganancias 4ª Categoría con SiRADIG y SICORE
Retención mensual correcta y SiRADIG actualizado — cálculo de Ganancias 4ª Categoría para cada empleado, con deducciones aplicadas y presentación SICORE.

¿Cómo afecta la inflación al Impuesto a las Ganancias de los empleados?

La inflación genera un fenómeno conocido como "progresividad en frío": los salarios nominales suben para mantener el poder adquisitivo, lo que hace que más empleados superen los mínimos y paguen más impuesto sin que su salario real haya mejorado.

Las actualizaciones del MNI no siempre siguen el ritmo de la inflación. Sin embargo, existen deducciones lícitas —cargas de familia, seguros de vida, aportes a prepaga, intereses hipotecarios, alquileres— que pueden reducir significativamente la retención mensual.

¿Qué pasa si el empleador no retiene Ganancias correctamente?

Las consecuencias de una mala retención no recaen sobre el empleado, sino sobre el empleador:

  • Multas por omisión o error en la retención
  • Intereses por diferencias no ingresadas en tiempo y forma
  • Requerimientos de ARCA e inspecciones al departamento de sueldos
  • Responsabilidad solidaria por el impuesto no retenido

¿Quiénes necesitan este servicio?

Empleadores con personal en blanco

Empresas con trabajadores en relación de dependencia que superen los mínimos no imponibles de Ganancias.

Empleados que quieren verificar

Trabajadores que necesitan revisar si las retenciones mensuales de su recibo de sueldo están correctamente calculadas.

Empresas de zona norte del GBA

Escobar, Tigre, Pilar, Campana y alrededores: gestionamos las retenciones de Ganancias de tu plantilla de manera presencial o 100% remota.

Preguntas frecuentes

El mínimo no imponible se actualiza periódicamente y varía según la situación familiar del empleado. Existe también la Remuneración No Imponible (RNI). Consultanos por los valores vigentes.
Cargas de familia, intereses de créditos hipotecarios, cuotas de prepaga, seguros de vida, donaciones, alquileres de vivienda, gastos de sepelio y aportes voluntarios al sistema previsional.
A través del SiRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones), plataforma web de ARCA donde el empleado carga sus cargas de familia y otras deducciones.
Se calcula el impuesto definitivo del año hasta la fecha de egreso. Si hay retenciones en exceso, se devuelven en la última liquidación. Si hay saldo a ingresar, se retiene del sueldo final.
No. Las indemnizaciones previstas en la LCT están exentas. Sin embargo, vacaciones no gozadas y SAC proporcional sí están gravados.