La liquidación de sueldos es el cálculo mensual de la remuneración de cada empleado, contemplando el convenio colectivo aplicable, las horas trabajadas, las novedades del período y los descuentos legales. Una liquidación incorrecta genera conflictos laborales, multas del Ministerio de Trabajo y contingencias impositivas. Aquí explicamos cómo trabajamos.

¿Qué abarca la liquidación mensual de sueldos y jornales?

La liquidación de sueldos calcula la remuneración neta de cada empleado: salario básico según convenio, horas extras, bonificaciones y adicionales, menos los descuentos legales (aportes jubilatorios, obra social, cuota sindical, retención de Ganancias 4ª Categoría).

En Argentina existen cientos de convenios colectivos de trabajo (CCT) que fijan salarios básicos, categorías y condiciones para cada actividad. Un encuadre incorrecto puede derivar en diferencias salariales con intereses o en conflictos laborales costosos.

Además de la liquidación mensual, existen liquidaciones especiales: SAC en junio y diciembre, vacaciones, liquidaciones finales por renuncia o despido, y horas extras o guardias según cada convenio.

Coherencia entre tres frentes: Sueldos, F.931 y SICORE deben coincidir exactamente. ARCA cruza los tres y cualquier diferencia genera requerimiento automático.

¿Qué incluye el servicio de liquidación de sueldos?

Gestionamos la nómina de tu empresa de forma integral:

  • Liquidación mensual para todos los convenios colectivos
  • SAC (aguinaldo) en junio y diciembre
  • Vacaciones: cálculo y recibo previo al inicio del descanso
  • Liquidaciones finales por renuncia, despido o mutuo acuerdo
  • Retención de Ganancias 4ª Categoría y aplicación mensual
  • Emisión de recibos de haberes individuales
  • Registro en el Libro Sueldos Digital (LSD) ante ARCA
  • Presentación del Formulario 931 con las cargas sociales
  • Boletas de pagos sindicales y de obras sociales
  • Certificado de trabajo Art. 80 LCT y certificado de servicios
Liquidación mensual de sueldos con SAC, vacaciones, Ganancias 4ª y F.931 — Estudio Lamota
Una sola liquidación, tres declaraciones coherentes — Sueldos, Libro Sueldos Digital y F.931 salen del mismo proceso, así que el cruce automático de ARCA nunca te genera una alerta.

¿Por qué la liquidación de sueldos es tan compleja en Argentina?

El sistema laboral argentino cambia permanentemente: actualizaciones salariales de convenio, modificaciones en alícuotas de aportes, cambios en Ganancias y nuevas resoluciones del Ministerio de Trabajo. En contextos de alta inflación, los CCT se actualizan varias veces al año.

Liquidar con salarios desactualizados puede derivar en reclamos de diferencias con intereses. Los errores en sueldos tienen consecuencias en tres frentes: laborales (reclamo del empleado), impositivos (multas por Ganancias incorrectas) y previsionales (diferencias en aportes).

¿Cuáles son los errores más frecuentes en la liquidación de sueldos?

Los problemas que detectamos con más frecuencia son:

  • Encuadre incorrecto en el convenio colectivo: categoría errónea = salario incorrecto
  • Sueldos desactualizados respecto a los aumentos de convenio vigentes
  • SAC no calculado correctamente sobre la mejor remuneración del semestre
  • Liquidaciones finales con errores en indemnizaciones e integración del mes de despido
  • Retención de Ganancias 4ª Categoría mal calculada o no aplicada
  • Horas extras liquidadas sin el recargo del 50% o 100% según corresponda

¿Quiénes necesitan este servicio?

El servicio está orientado a:

Empleadores de cualquier rubro

Empresas con 1 o más empleados en relación de dependencia: industria, comercio, gastronomía, profesionales.

Empresas que tercerizan RRHH

Para reducir costos estructurales, eliminar el riesgo laboral del área y acceder a especialistas en convenios colectivos.

Zona norte del GBA

Escobar, Tigre, Pilar, Campana y alrededores: atendemos de forma presencial y remota.

Empleadores con personal doméstico

Régimen especial Ley 26.844: liquidación con sueldo convencional y aportes específicos del sector.

Preguntas frecuentes

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que los sueldos deben pagarse dentro de los 4 días hábiles del mes vencido para el personal mensualizado, y dentro de los 3 días hábiles para jornaleros. El pago fuera de término genera intereses y puede constituir injuria grave.
El SAC (Sueldo Anual Complementario o aguinaldo) equivale al 50% de la mejor remuneración mensual percibida en el semestre. Se paga en dos cuotas: el 30 de junio y el 31 de diciembre. En caso de egreso del trabajador, se abona el SAC proporcional al tiempo trabajado en el semestre.
La indemnización por despido sin causa equivale a 1 mes de salario por cada año de antigüedad o fracción mayor de 3 meses, tomando como base la mejor remuneración mensual habitual. Además se paga: integración del mes de despido, SAC proporcional, vacaciones proporcionales y preaviso si no se otorgó.
El período de prueba es los primeros 3 meses de la relación laboral. Durante ese período, cualquiera de las partes puede disolver el vínculo sin pagar indemnización, aunque sí deben abonarse los días trabajados, SAC proporcional y vacaciones proporcionales.
Sí. Las horas extras en días hábiles tienen un recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria. Las extras en sábados después de las 13hs, domingos y feriados tienen un recargo del 100%. Los CCT pueden establecer condiciones más favorables para el trabajador.
La liquidación final es el pago que se realiza al empleado cuando termina la relación laboral. Incluye: sueldo proporcional, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, integración del mes de despido (si fue sin preaviso) e indemnización si corresponde.