Las cooperativas son entidades basadas en la solidaridad y la autogestión, reguladas por la Ley 20.337 y fiscalizadas por el INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social). Si necesitás constituir una cooperativa o gestionar sus obligaciones contables, impositivas y ante el INAES, aquí explicamos cómo trabajamos.

¿Qué es una cooperativa y qué tipos existen en Argentina?

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se unen voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes, mediante una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada. Los asociados son los dueños y los usuarios de los servicios.

En Argentina existen cooperativas de trabajo, consumo, crédito, agropecuarias, vivienda y servicios públicos, entre otros tipos. Cada una tiene sus propias características operativas pero todas se rigen por la Ley 20.337.

Las cooperativas de trabajo son especialmente relevantes porque ofrecen un marco jurídico para grupos de trabajadores que quieren organizarse de forma autónoma, evitando la relación de dependencia tradicional.

¿Qué incluye el servicio de gestión de cooperativas?

Gestionamos la constitución y el funcionamiento integral de cooperativas:

  • Constitución ante el INAES: documentación, estatuto, asamblea constitutiva
  • Obtención del número de matrícula INAES
  • Inscripción impositiva ante ARCA e Ingresos Brutos
  • Confección y presentación anual de los estados contables ante el INAES
  • Gestión de los libros sociales y contables obligatorios
  • Confección de actas de asambleas y de reuniones del Consejo de Administración
  • Liquidación impositiva mensual según las obligaciones de la cooperativa
  • Presentación anual de la Memoria, Balance e Inventario ante el INAES
  • Asesoramiento en el funcionamiento democrático: asambleas, quórum, mayorías
Constitución y gestión integral de cooperativas ante el INAES — Estudio Lamota
Gobierno democrático con respaldo contable — Tu cooperativa con matrícula vigente, estados contables al día y asambleas conformes a la Ley 20.337.

¿Cuáles son las principales diferencias entre una cooperativa y una sociedad comercial?

Las diferencias más relevantes para los emprendedores son:

Propiedad igualitaria

En la cooperativa, los asociados son dueños en partes iguales (1 persona = 1 voto), independientemente del capital aportado.

Distribución de excedentes

Los excedentes se distribuyen en proporción a las operaciones de cada asociado con la cooperativa, no al capital aportado.

Sin fines de lucro

Las cooperativas no tienen como fin principal el lucro, sino la satisfacción de las necesidades de sus asociados.

Gobierno democrático

Todas las decisiones importantes se toman en asamblea con participación de todos los asociados, sin distinción de aportes.

¿Las cooperativas pagan impuestos en Argentina?

Las cooperativas tienen un tratamiento impositivo especial:

  • Están exentas del Impuesto a las Ganancias por sus excedentes, siempre que cumplan las condiciones de la Ley 20.337
  • Pueden estar exentas o tener alícuotas reducidas en Ingresos Brutos según la provincia
  • Pagan IVA por sus operaciones si están inscriptas en el Régimen General
  • Sus asociados pueden estar alcanzados individualmente por Ganancias si los retiros que perciben superan los mínimos

¿Qué obligaciones periódicas tiene una cooperativa ante el INAES?

Las cooperativas deben cumplir anualmente con:

  • Presentación de la Memoria, Balance, Estado de Resultados e Inventario
  • Celebración de la Asamblea Ordinaria anual para aprobar los estados y elegir autoridades
  • Actualización del padrón de asociados
  • Renovación del Consejo de Administración según el estatuto
  • Pago de la cuota anual al INAES (contribución al sostenimiento del organismo)

Preguntas frecuentes

La Ley 20.337 exige un mínimo de 6 asociados para constituir una cooperativa. No hay un máximo establecido. Los 6 socios fundadores deben estar presentes en la asamblea constitutiva y firmar el acta de constitución y el estatuto social.
El proceso puede demorar entre 60 y 120 días hábiles desde la presentación de la documentación completa, dependiendo de la carga de trabajo del INAES y de si hay observaciones al estatuto presentado. Mientras se tramita la matrícula, la cooperativa puede operar provisionalmente.
Sí. Una cooperativa puede tener empleados no asociados en relación de dependencia además de los asociados trabajadores. Para estos empleados se aplican todas las normas laborales ordinarias.
La falta de presentación en término genera multas del INAES y puede derivar en la suspensión o cancelación de la matrícula. Sin matrícula vigente, la cooperativa no puede operar legalmente ni acceder a beneficios sectoriales.
Sí. Las cooperativas con matrícula vigente, situación impositiva regular y estados contables actualizados pueden acceder a créditos bancarios en las mismas condiciones que otras personas jurídicas. Hay además líneas de crédito específicas para cooperativas de trabajo en el Banco de la Nación Argentina y otros bancos públicos.